¿PUEDO CASTIGAR A MIS HIJOS SIN RIESGO DE IR A PRISIÓN?
- Carlos Hernández Franco, Doctor en Criminología
- 25 mar 2017
- 3 Min. de lectura
Seguramente, muchos de ustedes han asistido atónitos al caso de la mujer que le quitó el móvil a su hijo de 15 años para que dejara de entretenerse con él y se pusiera a estudiar. El caso es que, supuestamente, el menor se resistió y la madre tuvo un leve forcejeo con él para arrebatarle el teléfono. Seguramente se imaginan o han vivido esta escena en sus familias y les puede parecer una situación cotidiana, creo personalmente que lo es en millones de hogares, pero lo sorprendente es que el adolescente se sintió maltratado ya que salió con un arañazo de la pequeña refriega y, acompañado por un familiar directo, denunció a su progenitora ante la Guardia Civil. Pues el caso siguió adelante. La mujer, de 37 años, se sentó por primera vez en su vida en un banquillo de los acusados hace pocos días para ser enjuiciada por un presunto delito de malos tratos en el ámbito doméstico. Otra cosa que llamó la atención es que el ministerio público pidió para ella nueve meses de prisión y asumir el pago de las costas. Afortunadamente, el titular del Juzgado de lo Penal 1 de Almería, avaló la actuación de la progenitora y la absolvió de todos los cargos al entender que su conducta fue más que correcta.
Lo cierto es que, a raíz de este asunto, se ha vuelto a abrir el debate en la opinión pública sobre los límites a la autoridad de los padres y los derechos de los menores. La pregunta que se hacen muchos padres, hoy día, es si pueden castigar a sus hijos y qué garantías tienen de evitar verse inmersos en un proceso penal por maltrato.
Si echamos un vistazo a nuestro Código Civil regula los derechos y deberes de los padres en el ejercicio de la patria potestad. Encontrábamos hasta el año 1981, prevista la facultad de los padres de castigar a los hijos en su artículo 155. Sin embargo, la reforma introducida por la Ley de 13 de mayo de 1981 eliminó la facultad de castigar, dejando a los padres únicamente la posibilidad de "corregir razonable y moderadamente a los hijos" mediante el artículo 154 del CC. No obstante en la práctica, tras esta reforma, no se han registrado sanciones por castigar a los hijos prohibiendo el teléfono o sin salir de casa. Pero es cierto que no era costumbre que los hijos denunciaran estos hechos en los tribunales. Todos nos imaginamos que de llegar casos de este tipo, como el que ha acaecido la pasada semana, a priori habrían sido absueltos. Pues bien, tras analizar varios casos de sentencias, y situaciones donde los padres, para corregir a sus hijos de forma moderada y razonable, utilizaron algún castigo físico (ya sea un cachete, un agarrón del brazo o alguna bofetada). La mayoría de la jurisprudencia entiende que fuera de los supuestos de violencia intrafamiliar, la facultad de corrección del artículo 154 CC sí justifica el castigo físico leve y aislado. Por este motivo, se aplicaba la eximente del artículo 20.7 del Código Penal "obrar en el ejercicio legítimo de un derecho, oficio o cargo" con el fin de absolver a los padres que habían sido imputados de un delito de violencia física. Esto evidentemente siempre que se tratara de un correctivo aislado y no especialmente severo tal y como describe el Código Civil "moderado y razonable".
Posteriormente se modificó el Código Civil, desapareció del artículo 154 la facultad de "corregir razonable y moderadamente a los hijos". De modo que ya no cabe aplicar el artículo 20.7 CP que permitía eximir de responsabilidad criminal a aquellos padres que habían obrado en el ejercicio de un derecho. Pues bien, este derecho ya no existe. En cambio, cabe entender que el artículo 155 del CC debe prevalecer y dota a los padres de su autoridad "Obedecer a sus padres mientras permanezcan bajo su potestad y respetarles siempre" siendo este argumento el que esgrime el juez del caso reciente donde razona que la madre actuó correctamente en cumplimiento de los derechos y obligaciones derivados de la patria potestad. Así que padres y madres de España, de momento respiremos tranquilos.
Entradas recientes
Ver todoTodos tenemos en mente los recientes casos que asedian al Gobierno de España especialmente con el caso de la esposa del presidente Begoña...
Podemos decir que una conducta fetichista, contempla la necesidad de utilizar objetos no animados (fetiches) o incluso animales para...
Gracias a los trabajos del psicólogo inglés Adrien Raine , sabemos que el área prefrontal del cerebro de muchos criminales seriales,...