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TRÁFICO DE INFLUENCIAS, EL ENCHUFISMO DE ESTADO

  • Foto del escritor: Carlos Hernández Franco
    Carlos Hernández Franco
  • 15 dic 2024
  • 2 Min. de lectura

Todos tenemos en mente los recientes casos que asedian al Gobierno de España especialmente con el caso de la esposa del presidente Begoña Gómez, que está siendo actualmente investigada por los delitos que presuntamente ha cometido de tráfico de influencias y corrupción, a raíz de la investidura de su marido Pedro Sánchez, implicando a la Universidad Complutense de Madrid y a empresarios como Juan Carlos Barrabés.


El delito de tráfico de influencias es una manifestación de la corrupción administrativa, y se comete cuando alguien influye en un funcionario público o autoridad haciendo uso del prevalimiento para que emita una resolución que pueda generar directa o indirectamente un beneficio económico, ya sea para sí o para un tercero.


Está regulado en los artículos 428 a 430 del Código Penal y tiene tres formas básicas de comisión:


Cuando una autoridad o funcionario público influye en otra autoridad o funcionario público

En este caso, el sujeto activo se aprovecha del ejercicio de las funciones de su cargo o de cualquier otra situación derivada de su relación personal o jerárquica.


Cuando un particular influye en un funcionario público o autoridad. En este caso el sujeto activo se aprovecha de su relación personal con este o con otro funcionario público o autoridad.


Cuando un sujeto se ofrece a ejercer influencias. En este caso el sujeto activo se ofrece a ejercer influencias tras solicitar dádivas, presentes o cualquier otra remuneración o acepte ofrecimiento o promesa.


En el caso que nos ocupa y como se apreció en la sesión de comparecencia ante la Asamblea de Madrid, en la que la investigada se acogió a su derecho a no contestar a las preguntas que le formulaban. Lo extraño y singular de su famosa cátedra que consiguió sin tener en su haber académico ningún título universitario. De las 54 cátedras extraordinarias de la Complutense, no hay nadie que tenga este perfil como Begoña Gómez, es decir, que no tiene titulación superior, ni es personal docente, ni tiene vinculación permanente con la Complutense.


Habrá quien considere algo normal que la mujer del Presidente del Gobierno de España tenga acceso a este tipo de privilegios y que no es algo importante. Eso es porque por desgracia, en España, nos falta mucha cultura democrática. En otros países solo con esto serviría para que ya viésemos alguna dimisión. Veremos cómo termina el recorrido judicial ya que desde la defensa de la investigada afirman que no hay caso.


Tenemos que tener en cuenta que no es un enchufismo como lo podemos conocer en la empresa privada, sino que el bien protegido es la Administración pública como instrumento al servicio de los ciudadanos, así como la necesidad de imparcialidad en la toma de decisiones por parte de los funcionarios públicos. Es decir, que se protege su correcto funcionamiento y trata de evitar comportamientos abusivos o corruptos por su posición.

 
 
 

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